Todo cambió con la Ley General de Sanidad, que entró en vigor el 25 de abril de 1986, hace exactamente hoy 40 años. Aunque en realidad bebía de una muy primitiva Seguridad Social, muy antigua sobre la que tal vez, podríamos retroceder hasta el antecedente directo y fundacional con la creación del Instituto Nacional de Previsión (INP) mediante la Ley de 27 de febrero de 1908, durante el reinado de Alfonso XIII y siendo presidente del Consejo de Ministros Antonio Maura. Una barbaridad en la distancia en el tiempo y en los conceptos de Sanidad Pública.
La Segunda República intenta ampliar y modernizar el sistema sanitario español entre 1936 y 1939, con avances en seguros de enfermedad y accidentes de trabajo, aunque la Guerra Civil truncó ese proceso, hasta la creación de la Ley del Seguro Obligatorio de Enfermedad (SOE), aprobada el 14 de diciembre de 1942. cuando se crea por primera vez en España un sistema de cobertura sanitaria obligatoria para los trabajadores por cuenta ajena y sus familias, pero solo si cotizaban.
El término "Seguridad Social" como tal se consolida jurídicamente en España con la Ley de Bases de la Seguridad Social de 28 de diciembre de 1963, desarrollada posteriormente en el Texto Articulado de 1966, que entra en vigor el 1 de enero de 1967.
Esta ley unifica y racionaliza los distintos seguros sociales que existían de forma dispersa, crea una estructura más coherente y sienta las bases del sistema que aún hoy reconocemos, aunque con cobertura todavía limitada a los trabajadores cotizantes. Como en ese momento quedan diversos Sistemas de Cotización para los trabajadores, unos y otros eligen su particular Sistema.
La nueva Ley General de Sanidad de 25 de abril de 1986 (hoy hace 40 años como decía antes), aprobada siendo Ministro de Sanidad Ernest Lluch, es la que transforma radicalmente el modelo, y unifica definitivamente tipos de cotizaciones. Sus cambios fundamentales son la creación del Sistema Nacional de Salud (SNS), que establece la universalidad de la cobertura sanitaria, desvinculándola de la cotización a la Seguridad Social. Ya no hace falta ser trabajador cotizante para tener derecho a la sanidad pública.
La nueva Ley General de Sanidad de 25 de abril de 1986 (hoy hace 40 años como decía antes), aprobada siendo Ministro de Sanidad Ernest Lluch, es la que transforma radicalmente el modelo, y unifica definitivamente tipos de cotizaciones. Sus cambios fundamentales son la creación del Sistema Nacional de Salud (SNS), que establece la universalidad de la cobertura sanitaria, desvinculándola de la cotización a la Seguridad Social. Ya no hace falta ser trabajador cotizante para tener derecho a la sanidad pública.
Es UNIVERSAL y descentraliza la gestión hacia las Comunidades Autónomas, estableciendo la financiación mediante impuestos como principio, separando progresivamente la sanidad de las cotizaciones sociales.
Hasta 1986, existían múltiples organismos paralelos sin coordinación real. El INSALUD para la mayoría de los trabajadores cotizantes, la Beneficencia para los pobres, la sanidad militar, los servicios municipales y sus Casas de Socorro (así se llamaban), los hospitales de la Iglesia con conciertos públicos, las mutualidades de funcionarios, etc. Hasta ese momento, cerca de un 20% de la población española quedaba fuera del sistema sanitario o en una cobertura muy precaria, asistencial.
Hasta 1986, existían múltiples organismos paralelos sin coordinación real. El INSALUD para la mayoría de los trabajadores cotizantes, la Beneficencia para los pobres, la sanidad militar, los servicios municipales y sus Casas de Socorro (así se llamaban), los hospitales de la Iglesia con conciertos públicos, las mutualidades de funcionarios, etc. Hasta ese momento, cerca de un 20% de la población española quedaba fuera del sistema sanitario o en una cobertura muy precaria, asistencial.
Su sistema sanitario giraba en torno al hospital y la atención especializada, con una atención primaria muy débil e infra desarrollada. Los ambulatorios eran escasos, insuficientes y a veces en precario.
Desde el año 1986 la Sanidad Pública es un derecho ciudadano, derivado simplemente de ser persona residente en España. Y con arreglo a la Constitución española, no hay ni duda ni nada que modificar, si antes no se modifica la Constitución.
La Ley reconoce y ordena desde ese momento el traspaso de las competencias sanitarias a las Comunidades Autónomas, que la Constitución de 1978 ya había previsto pero que no se había desarrollado de forma ordenada. Con presupuestos NO FINALISTAS que entrega el Estado con diversos criterios que no siempre benefician por igual a todas las comunidades, pues los gastos sanitarios son complicados de tasar por igual.
Esto supuso incorporar al sistema a parados sin prestación, trabajadores informales, amas de casa sin cotización propia, y en general a toda la población que hasta entonces dependía de la Beneficencia o directamente no tenía cobertura. Y un concepto muy claro ahora que se habla de "Los Españoles Primeros". La consecuencia lógica era la universalización, y un hecho muy contundente.
Desde el año 1986 la Sanidad Pública es un derecho ciudadano, derivado simplemente de ser persona residente en España. Y con arreglo a la Constitución española, no hay ni duda ni nada que modificar, si antes no se modifica la Constitución.
La Ley reconoce y ordena desde ese momento el traspaso de las competencias sanitarias a las Comunidades Autónomas, que la Constitución de 1978 ya había previsto pero que no se había desarrollado de forma ordenada. Con presupuestos NO FINALISTAS que entrega el Estado con diversos criterios que no siempre benefician por igual a todas las comunidades, pues los gastos sanitarios son complicados de tasar por igual.
Esto supuso incorporar al sistema a parados sin prestación, trabajadores informales, amas de casa sin cotización propia, y en general a toda la población que hasta entonces dependía de la Beneficencia o directamente no tenía cobertura. Y un concepto muy claro ahora que se habla de "Los Españoles Primeros". La consecuencia lógica era la universalización, y un hecho muy contundente.
Si se financia con impuestos que pagan todos lo que habitan en un país, todos tienen derecho a los servicios.
No hay duda de que la sociedad de 1986 es diferente en muchos aspectos de la de 2026. E incluso los avances tecnológicos, las necesidades poblacionales, el envejecimiento, la despoblación y las migraciones de todo tipo, han configurado otra España. Hoy en Europa y en España se ponen en valor otras necesidades de Bienestar, de Salud Pública, de Salud Comunitaria, de Salud Mental, de complejidad a la hora de analizar la situación y ver de encajar todo para que sea más adaptable a los retos sanitarios.
Y a su vez, debemos entender que la participación de la sociedad en esa gobernanza de la Sanidad debe ser otra, en línea incluso con la que se hace en otros países vecinos, sin que nos nuble la mirada al elegir en quien nos debemos fijar, pues es cierto que hay ejemplos para todo.
Y hay que recordar que los impuestos no solo son del trabajo. El IVA es por ejemplo un impuesto que supone el 31% del total de impuestos recaudados en España. El IRPF supone el 43%. El Impuesto a Sociedades o Empresas supone el 13%.
Hace pues 40 años de esa Ley… que ahora recoge voces queriéndola renovar, recortar, ajustar, etc. Curiosamente en el año 1986 no admitieron esta Ley ni los sindicatos profesionales, los empresarios, las cadenas de hospitales privados que había. Luego curiosamente, estos mismos grupos, a veces también de presión, son los que más han defendido esta Ley y los que ahora quieren meterle mano para reformarla a su gusto.
No hay duda de que la sociedad de 1986 es diferente en muchos aspectos de la de 2026. E incluso los avances tecnológicos, las necesidades poblacionales, el envejecimiento, la despoblación y las migraciones de todo tipo, han configurado otra España. Hoy en Europa y en España se ponen en valor otras necesidades de Bienestar, de Salud Pública, de Salud Comunitaria, de Salud Mental, de complejidad a la hora de analizar la situación y ver de encajar todo para que sea más adaptable a los retos sanitarios.
Y a su vez, debemos entender que la participación de la sociedad en esa gobernanza de la Sanidad debe ser otra, en línea incluso con la que se hace en otros países vecinos, sin que nos nuble la mirada al elegir en quien nos debemos fijar, pues es cierto que hay ejemplos para todo.
Julio Puente - Exmiembro del Consejo de Salud de Aragón

