5.5.08

Jornada Mundial por el Trabajo Decente

Me permito publicar un pequeño artículo del abogado laboralista y además amigo, Luis Bandrés. No olviden el adjetivo. TRABAJO DECENTE

El 1º de mayo nos sirve como excusa perfecta para aplaudir, y de paso recordar, la celebración, prevista para el próximo día 7 de octubre, de la Jornada Mundial por el Trabajo Decente organizada por la Confederación Sindical Internacional. Jornada que, tal y como ha sido concebida por la propia Confederación organizadora, pretende llamar la atención sobre la urgente necesidad de una nueva globalización situada bajo parámetros de un desarrollo sostenible y justo.
Trabajo Decente es lo que Chunta Aragonesista también reivindica en su andar político de acuerdo con la definición dada por la Organización Internacional del Trabajo allá por el año 1999: “trabajo productivo para hombres y mujeres en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana. Implica oportunidades de trabajo productivo con un ingreso justo. Proporciona seguridad en el lugar de trabajo y protección social para los trabajadores/as y sus familias. Ofrece mejores perspectivas para el desarrollo personal y favorece la integración social. Da a las personas libertad de expresar sus opiniones, organizarse y participar en la toma de decisiones que inciden en sus vidas. Y garantiza la igualdad de oportunidades y de trato para todos y todas”.

La petición de Trabajo Decente conforme a la definición ofrecida, sin más, aglutina, o al menos podría, todos los lemas sindicales que el próximo 1º de mayo se mostrarán en las distintas manifestaciones y actos programados por las Organizaciones Sindicales.
Merece la pena salir a la calle y participar de tal objetivo. No olvidemos que algunas de las reformas legislativas habidas en los últimos años han supuesto, en mayor o menor medida y con referencia a determinados aspectos, pasos atrás para los intereses de la clase trabajadora. Baste, como ejemplo y sin ir más lejos, la reciente reforma en materia de Seguridad Social llevada a cabo por la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, cuya entrada en vigor se produjo el pasado 1 de enero, la cual contiene previsiones perjudiciales en temas tales como jubilaciones parciales y/o régimen de incapacidades permanentes, y otras que, siquiera sea indirectamente, castigan al colectivo de las mujeres por ser las que mayoritariamente sufren la contratación a tiempo parcial.