8.1.11

Anteproyecto de ley de igualdad de trato y no discriminacion. Una ley muy necesaria

El Gobierno de España en su Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de ley de igualdad de trato y no discriminación, que prevé sancionar con hasta medio millón de euros a particulares, empresas y administraciones que la infrinjan en el ámbito laboral, educativo, transportes, relación con proveedores o servicios, sanidad y el acceso a la vivienda. La futura norma establece que cualquier persona no solo no podrá ser discriminada "por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal y social", como recoge el artículo 14 de la Constitución española, sino que se amplía a todas las definiciones en materia de discriminación que existen en la UE, como orientación sexual, aspecto, apariencia física, obesidad, fealdad, enfermedad, piel oscura o discapacidad.
Es un gran paso para erradicar lo que resulta una lacra para millones de personas que resultan discriminadas sobre todo en el mundo laboral en razón a su aspecto o apariencia. Son muchas las empresas que no admiten a personas que se salen de unos baremos que nada tienen que ver con sus calidades intelectuales o laborales.
Será un difícil cometido, poder discernir cuando en una selección de personal se elije con arreglo a discriminaciones sexuales o de aspecto, pero el primer paso está dado y al menos se irá avanzando en su publicitación y control.
La futura ley, que podría entrar en vigor en el año 2012, regulará invirtiendo la carga de la prueba. Es decir: cuando haya indicios de rechazo tendrá que ser el acusado el que demuestre que su conducta fue correcta y que no marginó y no la persona que se sienta marginada la que tenga que demostrar que fue tratada injustamente. Por ejemplo, un banco que no conceda un préstamo a un inmigrante con condiciones objetivas de obtenerlo —contrato fijo, nómina alta y cantidad razonable exigida de acuerdo a sus ingresos— tendrá que demostrar ante los tribunales, que había motivos objetivos para no darle el crédito. También serán penadas las discriminaciones indirectas, múltiples y asociadas. Ejemplos: las que puede sufrir una mujer que además es discapacitada o una madre trabajadora que no es contratada porque tiene hijos y se presupone que faltará mucho al trabajo.